miércoles, 27 de febrero de 2013

MATRICULACION DE LOS ASISTENTES Y TRABAJADORES SOCIALES

SECRETARIA DE ASUNTOS DOCENTES DE GENERAL LAVALLE RECUERDA A LOS ASPIRANTES A CARGO DE ASISTENTE SOCIAL EN LAS MODALIDADES DE PSICOLOGIA SOCIAL Y PEDAGOGIA COMUNITARIA COMO EN EDUCACION ESPECIAL QUE RIGE LA SENTENCIA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES DE FECHA 18 DE JUNIO 2008 QUE SE TRANSCRIBE A CONTINUACIÓN:
 
                                                     En la causa B. 61.742 "Colegio de Asistentes Sociales y/o Trabajadores Sociales de la Provincia de Buenos Aires conttra Provincia de Buenos Aires(Dirección General de Cultura y Educación) demanda contencioso administrativa, dice: " ...hace lugar a la demanda...condenando a la Provincia de Buenos Aires(Dirección General de Cultura y Educación) a que en lo sucesivo requiera el cumplimiento de matriculación previa previsto por la Ley 10571 a los asistentes y trabajadores sociales que se desempeñaen en la Dirección de Psicología y Asistencia Social Escolar, en la Dirección de Educación ESpecial y en cualñquier otra área, en la medida en que realicen tareas propias de la incumbencia del título que poseen." ( cita de la Nota del 24/05/2011, del Colegio de A.S. ó T. S. Distrito Dolores de la Provincia de Buenos Aires)
 
 
EN CONSECUENCIA SE SOLICITA A TODOS LOS EQUIPOS DE CONDUCCIÓN INSTITUCIONALES DEL DISTRITO NOTIFIQUEN Y SOLICITEN LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA EN ORDEN AL CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN CITADA.
 
                                                            JOSE MARIA BUGARINI
S.A.D.
GENERAL LAVALLE
 

No hay comentarios:

Publicar un comentario